Se realizará recuento total de votos en el Distrito Electoral 21

08-Jun-2021 11:00 pm



Se trata de la elección de Diputación por el principio de mayoría, del distrito con la cabecera en Hidalgo del Parral, ya que el PREP arroja una diferencia de 0.88% entre el primero y segundo lugar


Chihuahua, Chih. — Por observarse una diferencia menor a uno por ciento entre los candidatos posicionados en el primero y segundo lugar en el Distrito 21, al cierre del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), se realizará el recuento total de los votos emitidos en esta demarcación electoral.


El Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua (IEE), en su 51ª Sesión Extraordinaria, ordenó a las Asambleas Municipales de Dr. Belisario Domínguez, Santa Isabel, Gran Morelos, Hidalgo del Parral, Huejotitán, Matamoros, Nonoava, Rosario, San Francisco de Borja, San Francisco del Oro, Santa Bárbara, Satevó, El Tule y Valle de Zaragoza, realizar el recuento total al inicio de la Sesión de Cómputo Municipal de los paquetes electorales correspondientes a la elección de Diputación por el principio de mayoría relativa del Distrito Electoral 21. 


El acuerdo aprobado establece que, una vez concluido el procedimiento, estas asambleas municipales tendrán que remitir de manera inmediata y de forma expedita el acta de Cómputo Municipal de la Elección de Diputación a la Asamblea Municipal cabecera de distrito, que se ubica en Hidalgo del Parral, para que realice el Cómputo Distrital y se remita el acta respectiva a Consejo Estatal.


Al concluir el cómputo, la Asamblea Municipal de Parral hará la declaración de validez de la elección y entregará la constancia de mayoría y de validez a las candidatas o candidatos que integran la fórmula que haya resultado electa.


Debido a la actual situación de emergencia sanitaria derivada del virus SARS-CoV-2, causante de la enfermedad denominada COVID-19, este procedimiento deberá de realizarse atendiendo el Protocolo Sanitario propuesto por el IEE para el propio instituto, las 67 Asambleas Municipales de la entidad, así como para las seis asambleas distritales. 


Con base en el artículo 185, de la Ley Electoral, en aquellos casos en que del PREP arroje la diferencia entre la candidatura presunta ganadora de la elección y otra candidatura, igual o menor a un punto porcentual de la votación total, y al inicio de la sesión exista petición expresa del representante del partido que postuló a alguno de éstos, el Consejo Estatal o la asamblea municipal respectiva, deberá realizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas.


De la última actualización del PREP, se advierte la diferencia de 0.88% en la Elección de Diputación por el principio de Mayoría Relativa en el Distrito Electoral 21, entre la candidatura correspondiente al Partido Revolucionario Institucional y el Partido Movimiento Ciudadano. Así mismo, el Movimiento Ciudadano realizó la solicitud de recuento total de los Paquetes Electorales correspondientes al Distrito Electoral previamente enunciado. 


En tal virtud, este Consejo Estatal ordenó el recuento total de la Elección de Diputación en las Asambleas Municipales pertenecientes al Distrito 21.